Obra social

Como monotributista tenés el derecho y la obligación de elegir y pagar tu obra social. Que puedas hacerlo o no depende de lo que hayas indicado en el paso anterior (aportes jubilatorios).

Elegir obra social

Elegí la obra social de tu preferencia, informándote previamente acerca de sus coberturas y afiliación con centros médicos cercanos a tu domicilio. También podés ver el listado de obras sociales de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Tené en cuenta que luego de darte de alta en el monotributo, también tenés que dirigirte a la obra social elegida para darte de alta en la misma.

Es importante que sepas que algunas obras sociales fueron informadas como en situación de crisis. Lo que significa que tienen algún problema y que no aparecen en el listado de este paso para que las elijas, a menos que hayas elegido unificar aportes con tu cónyuge.

Cambio de obra social

El trámite para el cambio de obra social puede realizarse ante la sede de la nueva obra social o por internet.

Para realizar el trámite por internet se deberá contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3 y el servicio “Mi SSSalud” habilitado. Una vez dentro del servicio, presionar sobre el botón “Nueva opción” y completar los datos que solicita el sistema.

El cambio podrá realizarse solamente una vez al año (de enero a diciembre). Quienes cambien de obra social deberán permanecer, como mínimo, 1 año afiliados. Vencido ese plazo podrán volver a ejercer la opción de cambio.

Ver instructivo para el trámite de cambio de obra social

Unificar aportes con cónyuge

Opcionalmente podés unificar aportes de obra social con tu cónyuge, siempre y cuando tengan la misma obra social. Necesitás el CUIT de la persona para poder buscarla.

Agregar familiares

Opcionalmente podés cubrir a familiares con tu obra social, pagando un adicional por cada uno, equivalente al importe que debas ingresar, según tu categoría, en concepto de obra social de acuerdo con la tabla vigente. Necesitás el CUIL del familiar e indicar tu relación.

Declaración jurada de salud

Tenés que completar y presentar la declaración jurada 300/97 en una oficina de ANSES. Hacelo lo antes posible para que la obra social te pueda cubrir los gastos médicos por cualquier problema de salud.

Consultá el listado de oficinas de ANSES.